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Clínicas Rincón SALUD

Valoración funcional para mutuas, bajas e incapacidades

Consulta con camilla eléctrica

Pruebas biomecánicas que miden la capacidad funcional del trabajador: reincorporación, cambio de puesto, incapacidad permanente y prevención. Para mutuas, empresas y particulares.

En salud laboral la decisión casi nunca es si hay dolor, sino si la persona puede hacer lo que su trabajo le pide: levantar peso, mantener una postura, repetir un movimiento. La valoración funcional mide eso con los mismos instrumentos que se usan en cualquier otra prueba biomecánica, y lo pone en relación con las demandas del puesto.

Cuándo se pide

  • Reincorporación tras una baja. Comprobar si la región lesionada puede con las demandas del puesto antes de volver, para ayudar a evitar una recaída.
  • Cambio o adaptación de puesto. Acreditar con medidas que existe una limitación que justifica adaptar las tareas.
  • Incapacidad permanente. Aportar datos objetivos de la limitación en la tramitación de secuelas e incapacidades.
  • Prevención. Detectar en el reconocimiento médico acortamientos, desequilibrios o pérdidas de fuerza que conviene vigilar o trabajar. Estas medidas no permiten predecir por sí solas quién se va a lesionar.

Procesos que se valoran

Cervicalgias, dorsalgias y lumbalgias; ciática; patología del hombro (manguito rotador); epicondilitis y epitrocleitis; tendinitis de De Quervain y síndrome del túnel carpiano; condromalacia rotuliana y esguinces crónicos; fascitis plantar y hallux valgus; fibromialgia y fatiga crónica, con la valoración global.

Para mutuas y empresas

La unidad trabaja con mutuas de accidentes de trabajo y servicios de prevención. Al derivar, indíquenos el puesto y las regiones a valorar; el informe describe las medidas y su relación con las demandas del trabajo. Las condiciones para entidades se facilitan a petición. Teléfono 900 52 52 84, correo info@salud101.es.

Si eres trabajador

Puedes venir por tu cuenta para documentar una limitación, por ejemplo en un expediente de incapacidad, con una prescripción de tu médico o la petición de tu abogado que indique qué hay que evaluar. Trae esa prescripción, los informes médicos que tengas y, si puedes, una descripción de las tareas de tu puesto.

Preguntas frecuentes

¿Qué valora el tribunal médico para la incapacidad permanente y en qué ayuda la prueba?

El Equipo de Valoración de Incapacidades del INSS valora qué limitaciones funcionales tienes y cómo afectan a las tareas de tu profesión, a partir de los informes médicos del expediente y de su propia exploración; no valora el diagnóstico en sí, sino lo que te impide hacer. Una prueba biomecánica aporta justo eso: la medida de la movilidad, la fuerza o la tolerancia a la marcha, comparada con la normalidad y, si nos indicas el puesto, con lo que el trabajo exige. La decisión sobre la incapacidad es del INSS; la prueba no la determina, la documenta.

¿Mi mutua tiene que pedirla o puedo ir yo?

Las dos cosas. Si la pide la mutua, la gestiona ella y su médico indica qué hay que evaluar. Si vas por tu cuenta, necesitas una prescripción de tu médico o la petición de tu abogado con lo que hay que evaluar; llámanos y te decimos cómo funciona.

¿Qué diferencia hay con el reconocimiento médico de empresa?

El reconocimiento es general. Aquí se mide una región concreta con instrumentos y se compara con lo que exige el puesto.

¿Por qué me manda la mutua a una prueba biomecánica y qué busca con ella?

Porque es la forma de ver con datos cómo va tu lesión: muchas mutuas colaboradoras con la Seguridad Social usan estas pruebas para seguir la evolución durante la baja, comprobar si la región se ha normalizado antes del alta y, si no, cuantificar la limitación que queda. El resultado va al médico de la mutua, que es quien decide. Para el trabajador es también una garantía: si hay una limitación de la movilidad o de la fuerza, puede quedar documentada en el expediente con cifras, además de con lo que uno cuenta.

¿Puedo aportar la prueba si impugno el alta de la mutua o reclamo la incapacidad?

Sí, como informe médico que es. En los procedimientos de impugnación de alta, de incapacidad permanente y de revisión de grado puede aportarse junto con el resto de informes del expediente, y es el juzgado quien decide qué valor le da. Cómo y cuándo incorporarla lo decide tu abogado.

¿Cuándo conviene hacerla: antes del tribunal médico o después de la resolución?

Lo ideal es que la prueba esté en el expediente antes de que te cite el tribunal médico, para que la tenga delante al dictaminar. Si ya hay resolución y la vas a recurrir, sigue siendo útil: documenta tu estado funcional en una fecha concreta y puede aportarse en la reclamación previa o en el juicio. Consúltalo con tu abogado, que conoce los plazos de tu procedimiento.

¿Qué pasa si no puedo completar la prueba por el dolor?

Las pruebas se hacen de forma gradual y cada ejercicio se adapta a lo que toleras; si un movimiento no es posible, se registra hasta dónde llegas y por qué se detiene. El informe distingue entre una limitación real medida y una prueba que no ha podido valorarse por falta de consistencia entre repeticiones, y lo explica. Lo que más te conviene es hacer cada ejercicio con el máximo esfuerzo que te permita el dolor, porque un resultado coherente es el que documenta tu situación.

Si la prueba la pidió la mutua, ¿tengo derecho a una copia del informe?

Sí. Aunque la prueba la solicite y la asuma la mutua, los datos son tu información clínica y tienes derecho a conocerla y a pedir copia (Ley 41/2002). Si la prueba te la hicimos nosotros, pídenosla; si te la hizo otro laboratorio, solicítala por escrito a la mutua.

¿Se puede hacer una prueba biomecánica en fibromialgia o fatiga crónica?

Sí, con la valoración global: movilidad cervical y lumbar, tono y fatiga de la musculatura de la espalda medidos con electromiografía de superficie, fuerza de la mano y análisis de la marcha. En fibromialgia y fatiga crónica no hay una prueba de imagen que muestre la enfermedad, y lo que se discute en los expedientes es la repercusión funcional; la valoración global aporta medidas de esa repercusión, pero no diagnostica la enfermedad. Como en cualquier otra región, el informe describe los resultados y su comparación con la normalidad.

Elaborado con fuentes contrastadas

Lo ha preparado nuestro equipo a partir de la bibliografía que tienes debajo. Es información divulgativa y no sustituye a una consulta.

Contenido pendiente de revisión por uno de nuestros médicos.

Bibliografía (6)
  • Boletín Oficial del Estado. Ley General de la Seguridad Social (artículos 193 y 200, incapacidad permanente) Abrir
  • Boletín Oficial del Estado. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (artículo 25, trabajadores especialmente sensibles) Abrir
  • Gouttebarge V, Wind H, Kuijer PP, Frings-Dresen MH. International Archives of Occupational and Environmental Health (2004). Reliability and validity of Functional Capacity Evaluation methods: a systematic review with reference to Blankenship system, Ergos work simulator, Ergo-Kit and Isernhagen work system Abrir
  • De Baets S, Calders P, Schalley N, et al. Journal of Occupational Rehabilitation (2018). Updating the Evidence on Functional Capacity Evaluation Methods: A Systematic Review Abrir
  • Bahr R. British Journal of Sports Medicine (2016). Why screening tests to predict injury do not work—and probably never will…: a critical review Abrir
  • Boletín Oficial del Estado. Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente (artículo 18, acceso a la historia clínica) Abrir
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